Indemnización de 4.000 euros por inclusión incorrecta en dos ficheros morosos

Indemnización de 4.000 euros por inclusión incorrecta en dos ficheros morosos. Un banco pagará 4.000 euros por incluir a un cliente en dos ficheros de morosos por una deuda inexistente de 92 euros. El juez reprocha que la actuación del banco fue «ligera, incoherente, no proporcionada ni adecuada», incurriendo en un «comportamiento desleal y contrario a las buenas prácticas bancarias».

Una supuesta deuda de 92,64 euros que le ha salido cara al banco. Un juez de Sevilla ha condenado a una entidad bancaria a pagar 4.000 euros de indemnización a un cliente que incluyó en dos registros de morosos reclamando una deuda de 92.64 euros que, en realidad, ya había sido abonada, por lo que la sentencia considera que el banco realizó una intromisión ilegítima en el honor del cliente «por la imputación como moroso en los ficheros de datos de carácter personal accesibles a terceros» y por haber vulnerado el derecho a la protección de datos de carácter personal del cliente.

El demandante recibió el 24 de enero de 2018 un correo electrónico del banco en el que se le reclamaba la cantidad de 92,64 euros como pendiente de pago de un préstamo personal, por lo que unos días después, el 16 de febrero de ese mismo año, abonó la deuda mediante una transferencia bancaria.

Sin embargo, una semana después de efectuar el pago, el 23 de febrero constató que había sido dado de alta en el fichero Asnef de impagados, cuando «no existía deuda cierta, vencida y exigible», aseguró el cliente, que también alegó en su demanda que la entidad bancaria no le había realizado un requerimiento previo de pago ni la comunicación de la posibilidad de su inclusión en un registro de morosos en caso de impago.

El banco, por su parte, aseguraba que había dejado de abonar las dos últimas cuotas del préstamo personal, que la deuda era de 327,77 euros, y que envió el requerimiento de pago.

El juzgado de Primera Instancia número 5 de Sevilla, tras analizar el caso, le ha dado la razón al usuario, a pesar de que la Fiscalía de Sevilla había solicitado la desestimación de la demanda, al considerar que la deuda era «líquida, vencida exigible, además de que se hicieron los requerimientos necesarios y fiables».

La sentencia sostiene que la única reclamación que efectúa el banco es por esos 92,64 euros y que el cliente los abonó en la fecha indicada, a pesar de lo cual el banco remitido su datos para su inclusión en dos ficheros de morosos (Basexcug y Asnef), una actuación que el juez considera que «no estuvo guiada precisamente a la constatación y revelación a terceros de la real insolvencia del demandante, antes al contrario, fue del todo punto ligera, incoherente, no proporcionada ni adecuada a su propio actuar precedente, pues ninguna razón de ser tiene que el 24 de enero de 2018 ofreciera el pago de la deuda (92,64 euros)» y que incluso antes de ello lo incluyera en alguno de los registros.

Comportamiento desleal y contrario a las buenas prácticas bancarias

«La entidad financiera entabló negociaciones para el pago con el demandante, sin advertencias ni requerimientos expresos de las consecuencias ante un eventual impago, ofreciendo el mismo en una cuenta bancaria, mientras ya había puesto en marcha el procedimiento para su inclusión en el registro de impagos financieros, comportamiento desleal y a todas luces contrario a las buenas prácticas bancarias, que incluso se ve agravado por el hecho de que el demandante efectuó el pago en la cuenta indicada en un plazo razonable», asevera la sentencia.

Es más, el juez precisa que la entidad bancaria «en ningún caso acredita fehacientemente haber efectuado la comunicación tanto de la posibilidad de inclusión en caso de impago en un registro de moroso como del requerimiento previo de la cuantía debida», lo que determina la «existencia de una intromisión ilegítima en el derecho al honor» del cliente, que estuvo más de un año inscrito en uno de los registros de morosos, mientras que en el segundo registro no hay constancia de que haya sido dado de baja.

En el tiempo que estuvo en el primer registro se efectuaron diez consultas por seis entidades «financieras y comerciales de gran peso y entidad económica, que ha de presumirse que fueron realizadas ante la solicitud por parte del actor de la financiación de alguna operación, aun cuando dicho extremo no es corroborado fehacientemente a través de algún medio probatorio admisible en derecho», dice el juez, que señala que la baja en uno de los registros fue solicitada por el banco al conocer la demanda que había presentado el cliente.

Registro morosos 

Devolver un recibo telefónico, del banco o de un servicio puede ser motivo para que incluyan sus datos en un fichero de morosos. No importa si se ha cometido un error, si le robaron la tarjeta de crédito o si dejó de pagar un recibo porque no estabas de acuerdo. En todos estos casos, su nombre puede aparecer en una lista de morosos.

Si su nombre aparece en un registro morosos, puede tener dificultades para:

  • Pedir cualquier tipo de financiación, como una hipoteca o un préstamo, para uso personal o para su empresa.
  • Alquilar o comprar un piso.
  • Comprar a plazos un producto.
  • Abrir una cuenta bancaria o solicitar una tarjeta de crédito.
  • Contratar servicios básicos, como el teléfono, internet, la luz o el agua.
  • Contratar un seguro.

Las listas de morosos son bases datos de personas físicas o jurídicas que por cualquier motivo dejan de pagar sus deudas. Sirven como herramientas de información a bancos y empresas de crédito.

Los principales registros morosos en nuestro país son:

ASNEF (Asociación Nacional de Establecimientos Financieros de Crédito): el fichero de morosos más conocido en España. Es una lista de morosos muy empleada cuando se trata de pequeños importes, ya que no hay importe mínimo de deuda para la inclusión. Incluye datos no solo las deudas contraídas por personas jurídicas, sino también por personas físicas.

EXPERIAN (Badexcug) gestiona en España el fichero de morosos Badexcug, que cuenta con información sobre el cumplimiento o incumplimiento de pagos de personas físicas cuyos datos han sido incorporados por las entidades adheridas a Experian Bureau de Crédito.

CIRBE (Central de Información de Riesgos del Banco de España): recoge los riesgos que las entidades tienen con sus clientes. En él, constan, prácticamente, todos los préstamos, créditos, avales y riesgos en general que las entidades financieras tienen con sus clientes.

RAI (Registro de Aceptaciones Impagadas): contiene información relativa a aquellos impagos, exclusivamente de personas jurídicas. Almacena los datos de impagos a partir de 300 euros facilitados por los bancos, cajas de ahorro, rurales y cooperativas.

Cómo salir de un registro morosos

Ejerciendo el derecho de supresión. Hay que dirigirse al fichero donde se sospeche o conste que nuestros datos están inscritos, argumentando las razones específicas y acompañando los documentos procedentes. La empresa está obligada a responder.

En SalirMorosos gestionamos este derecho y borramos sus datos con tarifas claras. Ponemos a su disposición un equipo de profesionales con el objetivo de sacar su deuda de los ficheros de morosos. Actuamos con plena transparencia y profesionalidad, ofreciendo un trato directo y personal con el cliente a un precio muy asequible.

Equipo SalirMorosos

SalirMorosos está formado por un grupo multidisciplinar de abogados e informáticos con dilatada experiencia en el sector de las nuevas tecnologías y protección de datos personales. Solo de esta manera puede ofrecerse un servicio integral y profesional acorde con nuestros servicios.

Antonio Linares, fundador y presidente de la firma, es doctor en derecho y con una experiencia de más de 28 años en la práctica de la abogacía. Su especialización en materia de protección de datos y derecho de los consumidores le ha llevado a participar activamente como profesor universitario, ponente en congresos y seminarios, así como a redactar artículos jurídicos y manuales referidos a las buenas prácticas sobre protección de datos, además de realizar la tesis doctoral titulada “El consumidor y los ficheros de morosos”. También es Delegado de Protección de Datos Personales certificado por APEP.

Cómo salir de un fichero de morosos. Contacte con nosotros a través de nuestro formulario de contacto.

Noticia tomada de: https://www.diariodesevilla.es/

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