Embargo de nómina y ficheros de morosos

Embargo de nómina y ficheros de morosos. Dejar de pagar un crédito o préstamo tiene como primera consecuencia el ingreso inmediato en un fichero de morosos, pero además, también puede suponer el posible embargo de la nómina. A la hora de pedir un crédito o préstamo todo son facilidades pero: ¿Qué ocurre si no podemos devolverlo?.

En primer lugar, si usted no puede devolver el dinero prestado, las entidades de crédito o prestamistas cargarán intereses de demora y comisiones por la reclamación de la deuda. Pasado un tiempo, procederán a incluir el nombre del titular del crédito en un fichero de morosos y, si el impago no se regulariza, la deuda podría ser reclamada por vía judicial.

Ante esto, si el juez acaba reconociéndola, el afectado deberá responder con su patrimonio y lo más probable es que se produzca el embargo de su nómina.


Salario Mínimo Interprofesional (SMI)

La ley establece que no se puede embargar la totalidad de la nómina, por lo que usted podrá seguir percibiendo la parte de su nómina correspondiente al salario mínimo interprofesional (SMI). A partir de ahí, se le podrá embargar un tanto por ciento concreto (del 30% como mínimo hasta el 90 %).

Así,  se aplica un porcentaje creciente de lo que se puede embargar según el SMI que contenga su nómina:

2- Tramo: la primera cuantía adicional hasta la que suponga el importe del doble del SMI el 30%.
3- Tramo:  la cuantía adicional hasta el importe equivalente a un tercer SMI, el 50%.
4- Tramo: la cuantía adicional hasta el importe equivalente a un cuarto SMI, el 60%.
5- Tramo: la cuantía adicional hasta el importe equivalente a un quinto SMI, el 75%.
6- Tramo: para cualquier cantidad que exceda de la anterior cuantía, el 90%.

Un ejemplo: una persona que cobra 1.200 euros mensuales podría prescindir, según la normativa actual, de 163,44 euros. Es decir, un 30 % del segundo tramo. Por lo que podría seguir disfrutando de 1.036,56 euros. Por el contrario, a un deudor con una nómina de 3.000 euros se le embargaría mucho más: nada del primer tramo; 196,56 euros del segundo trecho; 327,60 euros del tercer tramo; 393,12 euros del cuarto tramo; y 284,40 euros del quinto. En total, 1.201,68 euros.


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Noticia tomada de: https://www.credimarket.com/

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