Condenado banco por incluir cliente en fichero morosos sin cumplir requisitos

Condenan a un banco por incluir a un cliente en un fichero de morosos sin cumplir los requisitos. La Sección Octava de la Audiencia de Sevilla ha estimado sólo parcialmente un recurso interpuesto por un banco contra una sentencia previa del Juzgado de Primera Instancia número tres de Utrera, que condena a la entidad financiera a indemnizar a uno de sus clientes por los «daños morales» derivados de «incluir y mantener sus datos registrados en ficheros de morosos» sin haber cumplido el «requisito» necesario para tal medida, reduciendo la indemnización pero manteniendo «íntegros» el resto de aspectos de la condena.

En esta sentencia fechada el pasado 29 de diciembre de 2020, la Sección Octava de la Audiencia aborda un recurso de apelación promovido por el Banco Santander, contra una sentencia del Juzgado de Primera Instancia número tres de Utrera que, merced a la demanda de uno de sus clientes, condena a la entidad financiera a abonar al reclamante una indemnización de 6.000 euros por los «daños morales» derivados de «incluir y mantener sus datos registrados en ficheros de morosos».

En su recurso de apelación, la representación del banco esgrimía que el cliente demandante «conocía la deuda y fue requerido para su pago en diversas ocasiones», defendiendo que se había cumplido el «requisito que la sentencia recurrida considera incumplido», de «requerimiento previo antes de la inclusión en el registro de morosos».

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Noticia tomada de: https://m.europapress.es/

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